miércoles, 30 de noviembre de 2016

5.2. OPERACIONES MERCANTILES



Las operaciones mercantiles son las que se realizan al hacer una venta de un bien o servicio; estas operaciones son realizadas con el fin de hacer un acto mercantil.



Las operaciones serán efectuadas al momento que se vende mercancía y el comprador paga por ella; es decir, cuando le realizan una compra al vendedor, el vendedor obtiene ganancias las cuales efectuarán operaciones. 

5.1. SOCIEDAD MERCANTIL

Las sociedades mercantiles son personas jurídicas que realizan actos de comercio, los cuales están sujetos al derecho comercial. Esta sociedad posee carácter nominativo, en la cual existe la obligación y la aplicación.

Esta se realiza cuando dos o más personas se obligan a través de un contrato a realizar aportes para tener el capital social de la empresa que se desea trasformar para obtener bienes que permitan llevar una actividad comercial.

Existen varios tipos de sociedades mercantiles, las cuales son, por mencionar algunas:

  • Sociedad anónima.
  • Sociedad en nombre colectivo.
  • Sociedad limitada.
  • Sociedad en comandita.

Las sociedades mercantiles pueden clasificarse en dos:

  1. Sociedades mercantiles de hechos: no fueron documentadas en escritura pública ni privada.
  2. Sociedades mercantiles de irregular: son las que se documentaron en escritura, pero no fueron registradas o las actas constitutivas no fueron publicadas como lo menciona la ley; o ya sea que su plazo venciera.




Cabe destacar que las sociedades mercantiles son dos o más personas físicas o morales que a través de un contrato se asocian para crear una empresa, la cual generara bienes o servicios con el fin de la compra y venta.   

V. CONTRATOS MERCANTILES

El contrato es parte del derecho mercantil, ya que en él se estipula el derecho que tiene una persona física o moral a pagar lo que se estableció en el documento; claro está que las personas involucradas están de acuerdo con lo establecido en el documento.

Para una compraventa mercantil el Código Civil del Distrito Federal establece que “habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho, y el otro, a su vez, se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero”. Estos contratos pueden ser:

  • Contrato Consensual: se perfecciona y es obligatorio para las partes.
  • Contrato Oneroso: cada parte efectúa prestaciones equivalentes a la de la otra.
  • Contrato Bilateral: establece derechos y obligaciones a cargo de cada uno de los contratantes.                                                               

 Podemos decir de acuerdo al Artículo 75 del Código de Comercio Mexicano que es compraventa mercantil la “compraventa de muebles o inmuebles, reelaborados o no, hecha con propósito de lucro; la que recae sobre cosas mercantiles, y la que se efectúa por un comerciante o entre comerciantes".



Los contratos deben contener lo siguiente:

1. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR:
  • Obligación de custodia: el vendedor tiene la obligación de conservar la cosa que es ajena, como la tiene el arrendatario y el porteador.
  • Obligaciones de entrega:

a)    Significación: es una entrega obligatoria y específica del vendedor.
b)    Formas: real, jurídica o virtual.
c)    Plazo y lugar.
d)    Extensión: el vendedor deberá entregar todos los frutos producidos.
e)    Autodefensa: si el comprador no ha entregado el precio, el vendedor no está obligado a entregar la cosa vendida.
  • Obligación de garantía: el vendedor le tiene que asegurar al comprador el uso pacífico de la cosa, de acuerdo con su destino.
  • Obligación de soportar ciertos gastos: el vendedor deberá soportar los gastos efectuados de la entrega, hasta que la mercancía esté en manos del comprador.

 2. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR:


  • Pago del precio: el comprador deberá pagar en los términos y plazo convenido; este pago podrá ser al contado, en plazos o abonos o con intereses.
  • Recepción de la cosa: recibirá la cosa en los términos y condiciones pactadas.
  • Obligaciones de soportar ciertos gastos: gastos de recibo y extracción de las mercancías.

Los contratos son los documentos mercantiles establecidos entre los comerciantes y autorizados por el Código Civil de Comercio para que los participantes de estos cumplan las obligaciones establecidas en el mismo. Facilitando la compra-venta; estos tienen que tener distintas características para que sean válidos, es cierto que no existe un formato específico para ellos, pero si está establecido lo que debe contener. Las partes que lo efectúan deben de estar de acuerdo con lo estipulado en el contrato, también tiene que ser legal.